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El IRS (Internal Revenue Service, la autoridad fiscal de Estados Unidos) ha establecido nuevas normas según la Sección 871 (m) para garantizar que a los extranjeros que sean titulares de derivados en valores de EE. UU. (incluyendo CFD) se les apliquen las mismas retenciones sobre los dividendos que a los titulares de las acciones reales.
IG tiene la obligación, según esta regulación estadounidense, de recopilar cierta documentación de nuestros clientes que operen en CFD sobre valores de EE. UU. Por favor, envíenos uno de los formularios W-8 que aparecen más abajo o un formulario W-9, según sus circunstancias.
Formulario online
Nuestro W-8BEN electrónico permite que la mayoría de los clientes complete el documento en dos minutos
Somos un proveedor de derivados cualificado (QDD)*
Podemos entregar pagos por dividendos equivalentes sin deducción de impuestos
Si quiere operar con acciones estadounidenses desde una cuenta de CFD de IG, tendrá que completar uno de los siguientes formularios y enviárnoslo cuanto antes.
Si usted no es un ciudadano estadounidense o residente en EE. UU., tendrá que completar un breve y sencillo formulario electrónico W-8BEN cuanto antes:
Este proceso solo le llevará uno o dos minutos. Su información será almacenada en nuestros registros y solo se compartirá con el IRS en caso de ser solicitada en una auditoría.
Complete el formulario correspondiente en nuestra página de Acciones de EE. UU. y remítalo a info.esp@ig.com.
Los ciudadanos estadounidenses o residentes en EE. UU. deben completar y enviar un Formulario W-9
Esta retención se aplica a CFD sobre acciones de empresas constituidas en Estados Unidos, ETF y ciertos índices que contienen acciones estadounidenses.
Los siguientes índices constituyen una excepción cuando nos referimos a CFD:
Las normas se aplican a contratos con una delta de 0.8 o superior, en relación a un subyacente de EE. UU. No obstante, el IRS tiene un enfoque progresivo, de tal manera que solo los productos 'delta one' estarán en el punto de mira para 2017. Esto incluye contratos de CFD.
Estas normas se aplican a cualquier posición pertinente abierta el 1 de enero de 2017 o posterior.
El Servicio de Rentas Internas de EE. UU. ha establecido nuevas normas según la Sección 871(m) para garantizar que a los titulares de derivados sobre acciones de EE. UU. (incluyendo CFD) se les apliquen las mismas retenciones sobre los dividendos cobrados que a los titulares no estadounidenses de acciones subyacentes. Así pues, las nuevas normas consideran los 'pagos por dividendos equivalentes' obtenidos a través de derivados sobre acciones de EE. UU. como ingresos por dividendos de fuentes de EE. UU.
Como norma general, una persona física estaría sujeta al 30 % de retención bajo la regulación general de EE. UU. Sin embargo, existen ciertos tratados fiscales entre Estados Unidos y otros países que permiten que una persona con residencia fiscal en dichos países pague un menor porcentaje de retención. Póngase en contacto con nosotros para conocer si la reducción de la retención se aplica a su país.
* IG extiende así su estado actual de intermediario cualificado (QI) a QDD. Esto quiere decir que para los contratos relevantes, podemos recibir pagos por dividendos equivalentes sin deducción de impuestos y asegurar que se deduzca la cantidad correcta de los pagos por dividendos equivalentes entregados a los clientes.